Publicado 13/08/2026 06:54

El Tribunal Federal suizo rechaza el recurso de Tebas contra Rubiales por una grabación

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Archivo - LUIS RUBIALES - EUROPA PRESS TV - Archivo

   MADRID, 13 Ago. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Federal suizo ha rechazado el recurso presentado por el presidente de LaLiga, Javier Tebas, contra la sentencia que absolvió al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Luis Rubiales de un delito de instigación al registro no autorizado de conversaciones, según consta en una resolución fechada el pasado 29 de julio.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el órgano judicial suizo ratifica la decisión adoptada el 17 de febrero de 2026 por la Corte de Apelación Penal del Tribunal Cantonal de Vaud, que absolvió a Rubiales del delito por el que había sido condenado en primera instancia y estableció que Tebas debía asumir las costas del procedimiento de apelación y abonar una indemnización de 4.760,70 francos suizos por los gastos de defensa del expresidente de la RFEF.

   El origen del procedimiento se remonta a una sentencia de 30 de septiembre de 2025, cuando el Tribunal de Policía del distrito de La Côte condenó a Rubiales en rebeldía por instigación al registro no autorizado de conversaciones. Le impuso una pena de 60 días-multa, a razón de 500 francos diarios, suspendida durante dos años, además de 6.000 francos de indemnización a Tebas y 2.590,50 francos en concepto de costas procesales. Rubiales recurrió esta decisión y la Corte de Apelación Penal de Vaud terminó absolviéndole en febrero de 2026.

   El fondo del litigio se centra en una grabación de una conversación cuya realización fue considerada inicialmente como un registro no autorizado, atribuyéndose a Rubiales la instigación para que se efectuara. Sin embargo, al resolver el recurso de Rubiales, la Corte de Apelación Penal de Vaud consideró que un escrito fechado al día siguiente de los hechos demostraba que Tebas conocía la existencia de la grabación y había consentido en ella, por lo que absolvió a Rubiales del delito que se le imputaba.

   En su resolución, el Tribunal Federal explica que la instancia de apelación consideró que Rubiales debía ser absuelto porque, en esencia, de un escrito fechado al día siguiente de los hechos se desprendía que Tebas tenía conocimiento de la grabación controvertida y había dado su consentimiento a la misma. De este modo, la corte cantonal entendió que Rubiales había obtenido un resultado plenamente favorable respecto al fondo de la acusación y trasladó a Tebas la totalidad de las costas de la segunda instancia.

   Tebas recurrió entonces ante el Tribunal Federal, aunque su recurso no cuestionaba directamente la absolución de Rubiales, sino la distribución de las costas y las indemnizaciones acordada por la corte cantonal. Sostenía que Rubiales no había obtenido la totalidad de sus pretensiones en la apelación y reclamaba que los gastos fueran repartidos entre ambas partes, además de solicitar que se redujera la indemnización correspondiente a la defensa de Rubiales.

   El Tribunal Federal rechaza estos argumentos al considerar que Rubiales obtuvo la absolución completa por los hechos que se le reprochaban y que la Corte de Apelación de Vaud no excedió el amplio margen de apreciación que tiene para determinar el reparto de las costas.

   Por ello, también desestima las peticiones de Tebas relativas a las indemnizaciones y mantiene la decisión de que asuma los 1.800 francos de costas de la apelación y los 4.760,70 francos correspondientes a los gastos de defensa de Rubiales. Finalmente, el Tribunal Federal rechaza íntegramente el recurso de Tebas y le impone además los costes judiciales del procedimiento ante esta instancia, fijados en 3.000 francos suizos.

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